Avisos de corte por impago de luz: Tiempos legales y cómo evitarlo
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Experto Energético

¿Te ha llegado una carta de aviso de corte de luz por impago? Conoce tus derechos, los plazos legales antes del corte y cómo pedir un aplazamiento.
# Avisos de corte por impago: ¿Te pueden cortar la luz?
Un olvido en el pago, un cambio de cuenta bancaria mal gestionado o una mala racha económica pueden derivar en que un recibo de la luz sea devuelto. Cuando esto ocurre, las alarmas saltan ante el temor a quedarse a oscuras.
Pero, ¿te pueden cortar la luz inmediatamente si no pagas una factura? La respuesta corta es NO.
La legislación española protege a los consumidores estableciendo unos plazos y procedimientos muy estrictos que las comercializadoras deben cumplir antes de ejecutar un corte de suministro.
Plazos legales antes de un corte de luz
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Una vez que la compañía eléctrica detecta que una factura ha sido devuelta o no abonada, se pone en marcha un reloj legal. Los plazos dependen del tipo de cliente que seas:
- Consumidores Particulares: La comercializadora no puede cortar el suministro hasta que hayan pasado 2 meses (60 días) desde que te emitieron el requerimiento fehaciente de pago.
- Consumidores Vulnerables (Bono Social): El plazo se amplía a 4 meses.
- Pymes y Empresas: El plazo suele ser menor y dependerá en gran medida de las condiciones generales del contrato que hayan firmado.
El Requerimiento Fehaciente
El corte de luz no puede ser una sorpresa. La ley obliga a las eléctricas a realizar un requerimiento fehaciente de pago. Esto significa que deben notificarte (mediante carta certificada, burofax, etc.) la deuda, dejándote claro:
- La fecha a partir de la cual se interrumpirá el suministro si no se paga.
- Los detalles de la deuda y cómo abonarla.
Si la compañía no logra contactar contigo, intentarán una segunda notificación. Si tampoco es posible, lo publicarán en el BOE o en el boletín de tu provincia, y transcurridos 15 días, tendrán luz verde para ordenar el corte.
¿Qué pasa si te cortan la luz? (Reconexión)
Si finalmente se produce el corte de suministro (lo ejecuta la distribuidora por orden de tu comercializadora), deberás abonar la deuda pendiente y, además, pagar los "Derechos de Reconexión".
El coste de reconexión de un contador inteligente es de aproximadamente 20€ a 30€. Una vez abonado todo, la distribuidora tiene la obligación de restablecerte la luz en un plazo máximo de 24 horas.
Casos en los que NUNCA te pueden cortar la luz
Existen protecciones especiales. Está prohibido el corte de luz por impago a:
- Consumidores vulnerables severos atendidos por los servicios sociales.
- Hogares donde resida un menor de 16 años.
- Hogares donde resida una persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado II o III de dependencia.
Si te encuentras en una de estas situaciones, es vital que informes a tu comercializadora y aportes el certificado de los servicios sociales.
Soluciones si no puedes pagar: El Bono Social
Si te resulta imposible hacer frente a la factura, tu prioridad debe ser contactar con la compañía para pedir un fraccionamiento de la deuda. Además, si cumples con los requisitos de renta, debes solicitar inmediatamente el Bono Social Eléctrico, que ofrece descuentos de entre el 40% y el 80% en tu factura, e incluye las protecciones contra cortes mencionadas anteriormente.
Si la deuda ha sido un simple despiste y quieres asegurarte de no estar pagando una tarifa abusiva, en Servalys (632 121 832) podemos analizar tu factura gratuitamente. Si detectamos que estás pagando de más, te ayudamos a cambiarte a una compañía más barata (una vez resuelta la deuda con la anterior).
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